Derecho humano #7




La ley es la misma para todos. 


Debe tratarnos a todos justamente





Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.


Este artículo refuerza el artículo número 1 de la DUDH en el que se establecía la igualdad de derechos de las personas en el ámbito de la justicia. De esta forma, grupos concretos potencialmente vulnerables, como por ejemplo, minorías o poblaciones indígenas, refuerzan su estatus de igualdad ante la ley, a la que se deben someter y acatar y que los debe proteger.




Incumplimientos de este derecho

Son conocidos los casos en los que pesos condenados a muerte han podido deostrar su inociencia cuando han podido contar con un buen abogado. Comentar si hay igualdad ante la ley cuando unas personas pueden disponer du mucho dinero y famosos abogados para defenderse, mientras que otros no tienen estos medios.

La desigualdad ante la ley como consecuencia de los distintos recursos disponibles para afrontar las causas judiciales que eventualmente puedan afectar a una persona se da de hecho, en mayor o menor medida, en todos los sistemas judiciales. En unos casos (cuando el sistema penal contempla la pena de muerte), está en juego la vida de personas. En otros casos, están en juego sus intereses y derechos: su trabajo, su vivienda, sus propiedades, sus pensiones, sus derechos paternofiliales, etc. 


En Israel, a diferencia de los hombres, una mujer judía no tiene derecho a divorciarse tal y como estipula la ley rabínica y sanciona la ley estatal. Los denominados homicidios de "honor" son crímenes por medio de los cuales los hombres pueden asesinar a sus mujeres con total impunidad legal en países como Haití y Siria. En muchos países, como Mónaco, Bangladesh, Kenia y los Estados Unidos, las leyes ponen barreras a la ciudadanía basándose en el sexo de un padre o cónyuge.








No hay comentarios:

Publicar un comentario